*Solamente se tiene un caso de disputa por custodia y patria potestad
Del 2017 a la fecha el Tribunal Superior de Justicia ha recibido 18 procedimientos de divorcio para anular matrimonios igualitarios, es decir aquellas bodas celebradas entre personas del mismo sexo, hombres con hombres o bien mujeres con mujeres.
Dichos casos, de acuerdo con información proporcionada por parte de Consuelo Rosillo, Presidenta del Tribunal Superior de Justicia, tienen un trato similar a los comunes, es decir aquellos celebrados entre hombre y mujer, el seguimiento que se les da, se realiza con apego a la ley, sin que se presenten juicios de valoración alguna por perspectiva de género, simplemente se aplica la ley.
“Si ellos contraen matrimonio el tratamiento que se le da a una disolución matrimonial es exactamente lo mismo caso en el que no sean personas del mismo sexo, puede ser un divorcio voluntario en donde se firme algún convenio, puede ser un divorcio por contienda por que posiblemente existiera un conflicto entre las partes y que lleve de por medio un juicio o puede ser un divorcio causado en donde se manifiesta por las dos partes de no seguir el vínculo matrimonial, es exactamente igual”.
Rosillo Garfías, precisó que actualmente solamente se ha tenido conocimiento de un caso en el que después de un divorcio igualitario, ambas partes estén pelando la custodia de un infante, se trata de dos mujeres, que contrajeron matrimonio y procrearon en la Ciudad de México y se separaron en Querétaro.
“La competencia no riñe con el caso, lo que nos estas planteando en este momento si el juez quinto es si el juez quinto tenía o no competencia para conocer del asunto, claro que tiene competencia las partes tienen su domicilio en esta ciudad, por lo tanto la competencia la tiene el juez de la ciudad”.
La disputa es por una menor de 4 años que por obvias razones se omite el nombre, pero es un asunto que lleva más de un año sin poderse resolver por la postura de ambas partes.
“Sabemos perfectamente que en materia jurídica no tenemos fórmulas matemáticas, siempre va a ser para el madre o para la madre, aquí son las condiciones específicas de cada asunto, en el caso que me estas planteando, si las mamás comparecieron para disolver su vínculo matrimonial y ellas mismas habían hecho el trámite para lograr un embarazo, aquí estamos hablando de que las dos llevaron acabo ese procedimiento, fue con consentimiento de las dos”. “Las dos tienen igualdad de derechos, así como los padres como los padres tanto la mamá como el papá tiene igualdad de derechos, en este caso es lo mismo”. “Cuando se establece la contienda el juez debe analizar quien es la persona ideal para hacerse cargo de la custodia del bebé”.
Cabe hacer mención que a pesar de que desde el 2014 se empezaron a celebrar matrimonios igualitarios en Querétaro, mediante la utilización de amparos promovidos por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aún no existe una legislación local para tratar jurídicamente dichos casos.
“En el caso en específicos de matrimonios del mismo sexo, lo que se ha adoptado en el Poder Judicial, es lo mismo que en los casos de los matrimonios entre personas de diferente sexo, porque si bien es cierto en el estado no tenemos una normatividad que permita el matrimonio, tampoco se impide, ellos van al registro civil y quieren contraer matrimonio el registro civil tiene su propia normatividad para llevar a cabo estos matrimonios entre personas del mismo sexo”, concluyó.