Por Arturo Maximiliano García
El hecho de que la muerte nos alcanzará sin tener certeza cuándo, hace fundamental que toda persona cuente con su testamento.
La forma de transmitir esa voluntad no puede ser de palabra o a partir de un documento simple que se haya dejado en un cajón La forma más segura de otorgar un testamento es ante notario público.
La necesidad del testamento no tiene que ver con nuestra edad o con que tan grande o pequeña es nuestra familia, nadie debe de sentirse ofendido ante la sugerencia de hacer su testamento.
Así, cada año, durante el mes de septiembre, notarios y gobierno convienen un precio especial, por lo que puede ser una buena oportunidad para hacerlo por primera vez o cambiar el que tienes. ¿Qué más debes saber del testamento?
Es una disposición personalísima. La voluntad final del testador no debe estar influida por nada ni nadie de manera directa, por eso se otorga por el interesado ante el Notario sin estar acompañado por nadie, más salvo excepciones que marca la ley.
¿Y si lo quiero cambiar? El testamento puede ser modificado si la voluntad de quien otorgó el testamento cambia al siguiente día, al siguiente mes o años.
¿Puedo disponer de los bienes que están en mi testamento? La respuesta es sí. Puede vender, donar, rentar, hipotecar, entre otros actos, ya que en ningún momento transmitió la propiedad del bien, sino que tan sólo es un supuesto para después de su muerte, y si en su patrimonio ya no está un terreno o un coche que estaba considerado en su testamento, simplemente quedará sin efectos la disposición al respecto de ese o esos bienes en particular.
¿Me quita mucho tiempo? Otorgar un testamento ante Notario no debe tomar más de 40 minutos, salvo que la persona quiera determinar varias disposiciones especiales conocidas como legados.
¿Qué necesito?. bastan datos generales del testador como domicilio, estado civil, lugar de nacimiento y ocupación, CURP, así como la credencial de elector o pasaporte vigente