Bitácora 689-.-
Se debe procurar no haya impedimento para que mujeres y hombres puedan acceder a pensión por viudez; plantea la diputada Noemí Berenice Luna al derogar el artículo 132 de la Ley del Seguro Social…La diputada Noemí Berenice Luna Ayala (PAN) propuso derogar el artículo 132 de la Ley del Seguro Social para eliminar las condicionantes para el otorgamiento de una pensión por viudez a las y los beneficiarios por causa ajena al asegurado.
Por medio de un comunicado, la legisladora precisó que éstas serían: muerte del asegurado antes de cumplir seis meses de matrimonio, haber contraído matrimonio con el asegurado después de haber cumplido éste los 55 años de edad, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del enlace, y al contraer matrimonio el asegurado recibía una pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, a menos de que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio…Este artículo, explicó la diputada en tribuna, resulta inconstitucional al violar los derechos de igualdad jurídica y acceso a la seguridad social establecidos en los artículos 1 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Señaló que restringe el acceso a la seguridad social y contraviene lo que dicta la Constitución respecto a que todas las personas gozarán de los derechos humanos establecidos por la Carta Magna, así como también en los tratados internacionales y que su ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos que establece la misma.
“Desde esta soberanía debemos velar para que no haya ningún impedimento para que las mujeres y hombres puedan acceder a su pensión por viudez. Debemos trabajar para garantizar los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución y en los tratados internacionales. Es por eso que como un tema de justicia y, sobre todo, de acatamiento a la Constitución, propongo la derogación de este artículo”, afirmó la diputada.