Santiago de Querétaro, Qro., 8 de julio de 2019. Con el propósito de establecer temporalidad a cada una de las etapas del proceso legislativo, para generar eficacia y eficiencia en el actuar de los diputados, así como proporcionar certidumbre a las y los ciudadanos sobre el quehacer parlamentario, el diputado Raúl Chávez Nieto dio a conocer la presentación de una Iniciativa de Ley que Reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.
El diputado dijo que esta propuesta tiene tres objetivos. Expuso que el primero de ellos es brindar certidumbre jurídica al actuar legislativo, para que sus compañeras y compañeros diputados sepan que sus iniciativas serán analizadas, discutidas y votadas. Además afirmó que esto proporcionará confianza en la ciudadanía de que los proyectos que se trabajen en conjunto y en su beneficio, serán analizados por esta y por las Legislaturas venideras.
El segundo objetivo que citó Raúl Chávez, es que la función legislativa sea eficiente. Explicó que lo que se busca es que el proceso parlamentario se cumpla a cabalidad de principio a fin, en un periodo de tiempo justo y que con ello se dé respuesta a la ciudadanía sobre los asuntos de interés público.
El diputado explicó que presenta esta iniciativa, considerando que de acuerdo a la estadística reportada en el portal de Internet de este Congreso, respecto al estatus que guardan los asuntos sometidos a proceso legislativo, actualizada al 20 de junio de 2019, de las 122 iniciativas presentadas por los diputados de la LIX Legislatura, 58 han sido dictaminadas, “es decir, que solo el 47% de las iniciativas han sido analizadas y discutidas en comisión”, afirmó el legislador.
El diputado Raúl Chávez manifestó que esta iniciativa busca reformar tres artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. En el artículo 47 en el que, dijo, se deroga la reasignación de iniciativas por inactividad “injustificada” para dictaminar, lo cual ya no tendría razón de existir al contar con un periodo exacto de tiempo para dictaminarlas. Así como el artículo 48, en el cual refirió que se establece que a todo turno de iniciativa corresponderá un dictamen, el cual será elaborado dentro de un plazo máximo de 30 días.