Por Jerónimo Gurrola grave
La división de poderes es un principio político en el que los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado son ejercidos por órganos de gobierno distintos, autónomos e independientes entre sí, cualidad que caracteriza a la democracia mexicana.
Por el año de 1700 el Francés Montesquieu, en su obra “El Espíritu de las Leyes” destacó que mientras el poder legislativo hace leyes transitorias o definitivas, y enmienda o deroga las existentes, el Poder Ejecutivo hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadas, establece la seguridad pública y previene las invasiones, y el Poder Judicial juzga y castiga a los criminales o determina las disputas entre particulares, y cuando las potestades legislativa y ejecutiva están reunidas en la misma persona, no puede haber libertad porque se puede temer que el mismo monarca pueda hacer leyes tiránicas, para ejecutarlas tiránicamente.
De la misma manera, no hay libertad si el poder de juzgar no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Si estuviese unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, debido a que el juez sería legislador, y si se uniera al poder ejecutivo, el juez podría tener la fuerza de un opresor. Todo estaría perdido cuando el mismo hombre o el mismo cuerpo, ya sea de nobles o del pueblo, ejerza esos tres poderes: el de hacer las leyes, ejecutar las resoluciones públicas y juzgar los crímenes o diferencias entre los particulares.
El poder ejecutivo, debe estar en manos de un monarca porque esta parte del gobierno, que tiene casi siempre la necesidad de una acción momentánea, está mejor administrada por uno que por varios; mientras que lo que depende de la poder legislativo está mejor ordenado por varios que por uno sólo, pero si no hubiera un monarca y el poder ejecutivo fuera confiado a un cierto número de personas sacadas del cuerpo legislativo, no habría ya libertad, porque los dos poderes estarían unidos, ya que las mismas personas tendrían a veces y podrían siempre tener, parte la una en la otra.
¿Será que la 4T, especialmente Andrés Manuel López Obrador, no entienden el planteamiento de Montesquieu? Lo entienden y bastante bien. Así lo reclamaban cuando eran oposición. Ahora se evidencian como lo que son: lobos con piel de corderos. Pelean el poder para enriquecerse, y para que les resulte creíble, critican a quienes lo han tenido, de ser: “miembros de la oligarquía, antidemocráticos, de la élite, y dedicados a apoyar a los políticos de la derecha.
Para asegurarse el control político y económico de México, intentaron reformar al INE, y en una acción sin precedentes, el Diputado morenista, Sergio Gutiérrez, denunció ante la Fiscalía General de la República a los consejeros electorales: Lorenzo Córdova, Ciro Murayama y tres más, de supuestos delitos de abuso de autoridad, coalición de servidores públicos, y en agravio del servicio público, por decidir posponer temporalmente la consulta de revocación de mandato, por falta de presupuesto.
Por no contar con mayoría calificada, fue rechazada su propuesta de reforma de querer reducir las estructuras administrativas del INE, eliminando las 300 Juntas Ejecutivas Distritales encargadas de hacer el trabajo en todo el territorio nacional, la preparación, organización y celebración de las elecciones, y dejar una sola oficina auxiliar para realizar todas las tareas de los órganos ejecutivos, dañando las tareas de educación cívica y la capacitación de 12 millones de ciudadanos para integrar las Mesas Directivas de Casillas.
Eliminar las 32 Juntas Ejecutivas Locales, reducir de cinco a tres vocalías, recortar 262 plazas de personal calificado, afectando la actualización del padrón de electores y la lista nominal, depuración, y seguimiento de las actividades de los Módulos para el trámite de credenciales, etcétera. Al no aprobarse su reforma, acordaron su “Plan B”, que ya ponían en práctica con la destitución del Secretario Técnico, Edmundo Jacobo, reinstalado por orden del decimosegundo Juzgado de Distrito en Materia Administrativa, por ser violatorio de la ley.
Y el viernes 24 de marzo, la Suprema Corte (SCJN) explicó que el ministro Javier Laynez Potisek, otorgó una suspensión provisional contra toda la reforma electoral del Plan B, ”para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la reforma” al considerar que el decreto no solo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede, al considerar que el Plan B plantea una posible violación a los derechos político electorales de los mexicanos. La ley se aplica como es.