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Querétaro

Iniciativa de Ley que protege el patrimonio de los matrimonios queretanos.

Last updated: 13 octubre, 2017 10:17 am
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Querétaro, Qro.-Francisco Pérez Rojas y Leticia Mercado Herrera, presentaron la Iniciativa del Ley que reforma los artículos 1503 y 1505 del Código Civil del Estado, fue sometida a la consideración del Pleno de la LVIII Legislatura; la iniciativa que salvaguarda el derecho elemental y fundamental del cónyuge sobreviviente a vivienda digna fruto del esfuerzo conyugal y familiar.

Actualmente, la ley prevé que al viudo o viuda le toca la parte proporcional de un hijo, dejando en total desigualdad al padre o la madre, ya que entre más hijos se aminorará proporcionalmente su parte, cuando dentro del matrimonio aportó trabajo, esfuerzo y cuidado de los hijos.

“Para ejemplificar, en un matrimonio con cuatro hijos muere el padre; la madre queda viuda. A ella le tocarían suponiendo el valor del inmueble es de un millón de pesos. Le tocarían doscientos mil pesos. Esto abre la posibilidad de que le paguen en el mejor de los casos su parte y la saquen de su casa. Y esto ha pasado en muchas colonias, porque nos lo han hecho saber gracias a los recorridos que hemos realizado, los hijos sacan al padre o a la madre del inmueble”, explicó Pérez Rojas.



“La reforma adicionaría una parte muy importante: el viudo o viuda heredarán el usufructo vitalicio, que es intransferible, de ese bien inmueble, es decir, si esta ley entra en vigor, ningún viudo o viuda, casado bajo el régimen de separación de bienes, podrá ser sacado de su domicilio hasta que muera; se garantizaría un techo, ese patrimonio que construyó junto con su pareja y su familia. No puede ser que a un cónyuge le toque la misma parte proporcional que la de un hijo”, añadió el Presidente del Comité Municipal de Querétaro.

En cuanto a la herencia entre cónyuges, hay dos maneras de estar casados: sociedad conyugal y separación de bienes, “entonces hablamos de las personas que no tienen testamento. En sociedad conyugal, cuando alguno de los dos fallece, cuando se abre la sucesión testamentaria, aquel que sobrevive es propietario del inmueble en 50 por ciento, más la parte proporcional de un hijo de la parte intestada”, agregó.

La base legal de esta iniciativa se sustenta en los artículos 18, fracción I de la Constitución Política del Estado
de Querétaro, y 42 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro. En la rueda de prensa también estuvieron presentes la Secretaria General del Comité Municipal capitalino, Gabriela Monjaraz Moguel, así como el Secretario de Organización de dicho organismo, Sergio Bailleres Ocampo.


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