Por Edgar Padrón.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció por unanimidad la constitucionalidad de la Ley de Aguas del Estado de Querétaro, la cual fue impugnada por activistas y organizaciones sociales.
Los ministros consideraron que dicha ley regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento cumplen con los estándares constitucionales y de tratados internacionales.
Se decidió que las autoridades locales de Querétaro no invadieron la esfera de competencia de la Federación en el ámbito de regulación de las aguas nacionales.
Se reconoció que todas las personas tienen derecho “a un abasto mínimo de 50 litros diarios” de agua, los cuales deben ser garantizados por las autoridades estatales de Querétaro.
Por su parte el diputado Antonio Zapata mencionó tras conocerse el fallo de la Suprema Corte de Justicia dijo que la Ley de Aguas del Estado de Querétaro” garantiza el derecho al agua, conforme a los parámetros que se tienen establecidos en la Constitución del estado de Querétaro, lo que demuestra que durante dos años, el principal partido político opositor en la entidad, mintió de manera sistemática con un fin electorero.
El legislador afirmó que también es constitucional la individualización de los medidores y la eliminación de los macromedidores.
Zapata Guerrero afirmó que hoy lo importante es que se siga legislando a favor de las y los queretanos, y que se entienda que la visión del gobernador del estado, Mauricio Kuri, ha sido clara, garantizar el agua para los siguientes, 30, 40 o 50 años.