Por Lina M Salinas Flores
Corregidora, Qro.- Ricardo Astudillo Suárez, dirigente del Partido Verde en Querétaro, aseguró que en relación a la propuesta en torno a reformar el Artículo 140 del Código Urbano, se debe determinar también la altura por áreas de ubicación de cada condominio vertical derivadas de estudios ambientales emitidos por la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SEDESU).
Indicó que dichos estudios deben determinar la manifestación de impacto ambiental, protección de aguas y cuencas, medidas de impacto de tránsito y vialidad que correspondan y estudio de suelos, entre otros (Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro).
De igual manera, Ricardo Astudillo, precisó que en los Programas Parciales de Desarrollo Urbano (PPDU) se contemplen y planteen zonas de desarrollo de condominios verticales, al menos en lo general así como la obligatoriedad de los estudios ambientales y que el ordenamiento establezca las pautas para definir la densidad de los desarrollos verticales, puesto que en la actualidad es definido por medio de los programas de desarrollo urbano y corresponde a los Reglamentos Municipales establecer la clasificación y sus características, por tal motivo, se carece de uniformidad en los criterios.