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Compliance Legal Segunda Parte

Bitácora Diario
Last updated: 24 octubre, 2019 2:30 pm
By Bitácora Diario
5 Min Read
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Escribe:- José Luis Ramos Castillo
Maestría en Derecho Fiscal y duro del Despacho: Proyectos e Ingeniería Financiera
Lo anterior cobra importante relevancia, ya que en caso de que el contribuyente una vez que se ha declarado que no demostró la materialidad del servicio y éste no elimina el efecto que le dio a los comprobantes que amparan las supuestas operaciones simuladas, la autoridad fiscal se encontrará en aptitud de ejecutar el cobro coactivo de los impuestos omitidos a través de embargos, cancelación de sellos digitales, congelamiento de cuentas bancarias e incluso tipificando su actuación bajo el delito de defraudación fiscal que se paga con cárcel.
Con base en lo anterior el contador debe estar mejor preparado para poder responder a las exigencias que surjan, ya que además lo hace responsable solidario de acuerdo con lo estipulado por el código fiscal de la federación.
¿Y entonces? ¿Cuál es la solución a todo esto? indudablemente la solución es el compliance legal, el cual permite a las empresas, mitigar los riesgos legales-fiscales, a través de procedimientos adecuados, como el establecimiento de políticas de actuación en determinadas materias, detectar y gestionar las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones regulatorias.
Un modelo de “Compliance Legal-Fiscal” deberá cubrir al menos los siguientes puntos.
Reportes Contables, Fiscales y Administrativos: Se trata de tener al día y en orden la información contable, fiscal y administrativa como pilar básico de transparencia. 2.-Toma de decisiones: En este punto, es importante considerar que las decisiones deberán ser sometidas a órganos colegiados, ya que este tipo de acciones podrán hacer incurrir a la empresa en responsabilidades que pueden ser sancionadas por las autoridades fiscales e incluso incurrir en sanciones penales. Es aconsejable, en este sentido, maximizar la cautela en aquellas decisiones arriesgadas y permanecer en constante asesoramiento por expertos.3.-Planificación: En esta fase hay que identificar los riesgos de cada empresa, las conductas que puedan dar lugar a la comisión de delitos, como el lavado de dinero, la simulación de operaciones o el fraude fiscal.4.-Políticas: Deben establecerse manuales y políticas a fin de estandarizar los procedimientos y controles, que deben estar debidamente documentados. También es importante establecer canales de denuncia, confidenciales y anónimos, para informar sobre presuntas irregularidades dentro de la organización. 5.-Actualización: El programa de prevención es un elemento vivo y debe estar en constante actualización, renovando aquellos aspectos en los que no cumpla adecuadamente su función. Por lo cual, es recomendable realizar revisiones periódicas a las políticas de compliance establecidas y así mantenerlas en mejora continua.
Por otro lado, los beneficios que trae consigo la implantación de esta estrategia son numerosos, entre ellos se encuentran.-
1.-Mejoras internas de control…2.-Conocer las situaciones de riesgo, para de esta manera tomar directrices encaminadas a solventar la información generada y evitar robos así como tomar malas decisiones, y se debe involucrar a todo el personal en la organización…3.-La rentabilidad y la mejora de la imagen se verán reforzadas…4.-Esto nos llevará a convertirnos en una empresa que genera confianza en el consumidor y proveedores, aumentando nuestras ganancias generando una buena imagen corporativa….5-Muchos países ya están exigiendo este tipo de prácticas y no establecerán relaciones comerciales con empresas que no tengan modelos de cumplimiento….-6.-Limitar la responsabilidad fiscal, penal e inclusive mercantil y laboral de la empresa.
En todos los supuestos previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales que implican responsabilidad y comisión de delitos por parte de una persona jurídica, así como las sanciones, nos menciona la ley que dichas sanciones podrán atenuarse hasta en una cuarta parte si con anterioridad al hecho que se les imputa, las personas jurídicas contaban con un órgano de control permanente, encargado de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables para darle seguimiento a las políticas internas de prevención delictiva.
Para finalizar es sumamente importante entender que la implementación del compliance no es sólo para las grandes empresas, también resulta de gran beneficio en cuanto a organización, dirección y control de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES).

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